El Gobierno avanza en el desarrollo del Estatuto del artista

El Estatuto del Artista responde a la necesidad de garantizar a la cultura, sus empresas y trabajadores un marco jurídico estable y justo. En el que poder realizar y desarrollar sus actividades en condiciones idóneas. Y en nuestro concurso de tallistas doradores creemos que es interesante compartir esta información.

Además, el ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta ha explicado que el régimen fiscal, laboral y de Seguridad Social de los artistas va a ser adecuado a la realidad actual. Para alcanzar un óptimo desarrollo en su actividad. Se atiende a la diversidad y peculiaridad esencial que caracteriza dicha actividad: la intermitencia.

“El Informe sobre el Estatuto del Artista aprobado por el Congreso de los Diputados en septiembre de 2018, establecía 57 medidas concretas y 17 recomendaciones de carácter general. De esas 57 medidas, 38 están ya acordadas con los Ministerios competentes o en mesa de negociación” afirma Iceta.

Ya está aprobado el primer paquete de medidas, el Real Decreto Ley 5/2022 de 22 de marzo, en materia laboral, convalidado por el Congreso con amplia mayoría.

A destacar encontramos:

  • Creación del contrato laboral artístico de duración determinada.
  • Adaptación y ampliación de la definición de espectáculo público para incluir a personal técnico y auxiliar.
  • Reconocimiento de la excepcionalidad de los artistas, técnicos y auxiliares para que no sean penalizados en los contratos inferiores a 30 días.
  • Adecuación de las cuotas de autónomos a artistas con ingresos anuales inferiores a 3.000 euros.

Compatibilizar la jubilación con el Estatuto del Artista

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones va a reformar el Real Decreto 302/2019 para así ampliar y clarificar los supuestos en que es posible compatibilizar la pensión de jubilación y la actividad de creación artística.

Esta medida tiene como objetivo incorporar no solo al creador sino también al intérprete o ejecutante.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha destacado que se quiere incluir una medida para los autónomos del sector artístico.

“Vamos a estudiar una cotización reducida para los profesionales de este colectivo que tengan ingresos muy bajos. Somos conscientes de la inestabilidad de muchos profesionales y de la incertidumbre que pueden tener para pagar las cuotas sin saber la actividad que tendrán durante un mes”.

Contrato laboral artístico

Se ha establecido la revisión del Real Decreto 1435/1985, para regular la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos a través  del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

La finalidad es alcanzar una mejora en la regulación jurídica-laboral de los artistas y técnicos. Que garantice una contratación indefinida a los artistas y técnicos con dedicación estable a la actividad. Y permite la regulación con certezas y garantías de la contratación temporal.

Además esta reforma también amplía el concepto de “artistas en espectáculos públicos”. Que había quedado obsoleto años atrás. Esta adaptación tiene en cuenta nuevas formas de presentación de los artistas en redes sociales, streaming, plataformas de vídeo o contenidos online.

Ampliar la protección gracias al Estatuto del Artista

El Estatuto del artista también incluye a técnicos y auxiliares en las artes escénicas, la actividad audiovisual y la música.

La reforma pretende elaborar una propuesta más amplia respecto a otros aspectos para cumplir plenamente con los mandatos del Informe de la Subcomisión del Congreso de los Diputados sobre el Estatuto del Artista.

Próximas actuaciones

Miquel Iceta asegura que se está trabajando con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para mejorar los aspectos de compatibilidad de las pensiones con la actividad artística que genere derechos de propiedad intelectual.

La Comisión Interministerial se reunirá en las próximas semanas para abordar la cuestión de las enseñanzas artísticas.